sábado, 22 de noviembre de 2014

23 N canarias resiste en todas las islas‏

SORIA AMORDAZA Y PAULINO OBEDECE
¡El domingo Canarias Resiste y no se calla!

Concentraciones el 23 de Noviembre a las 18:00 h. Canarias Resiste

La Gomera
Delegación de Gobierno
Pz de las Américas, 2

Tenerife
Sede del Partido Popular
Castillo, 56 (Santa Cruz)

Gran Canaria
Delegación de Gobierno
Pz de La Feria (Las Palmas)

Fuerteventura
Delegación de Gobierno
1º de Mayo, 64 (Puerto)

Lanzarote
Delegación de Gobierno
Blas Cabrera, 6 (Arrecife)

La Graciosa
Explanada del Muelle Caleta de Sebo






miércoles, 27 de agosto de 2014

Participa con el Boicot a gasolineras de Repsol


--La Coordinadora Canaria contra las Prospecciones, de la cual Intersindical Canaria forma parte, en colaboración con organizaciones sociales de las diferentes islas y como parte de la campaña de Boicot a Repsol ha convocado para este Viernes 29 de agosto concentraciones en todas las islas donde existen estaciones de servicio de Repsol.

sábado, 23 de agosto de 2014

Recogida de Alimentos no perecederos


Compañero y Compañeras de Global Salcai Utinsa, participaran en la recogida de alimentos no perecederos el día 27 de Agosto del 2014  para el Banco de Alimentos, te animamos a que participes con lo que puedas buenamente muchas gracias por tu colaboración..

martes, 3 de junio de 2014

Manifestaciónes en todas las islas contra las prospecciones este sábado 7. ASISTE

EL 7 DE JUNIO A LAS 18:00, DESDE LAS DISTINTAS ISLAS

La Graciosa: El Sordo (Caleta del Sebo)

Lanzarote : Calle León y Castillo (Calle Real)

Fuerteventura: 
Plaza de La Iglesia (Puerto del Rosario)

Gran Canaria: 
Parque San Telmo (Las Palmas)

Tenerife: 
Avenida Anaga (Santa Cruz)

La Gomera: 
Plaza de Las Américas (San Sebastián)

La Palma: 
Plaza de España (S/C de la Palma)

El Hierro: 
Valverde

PROSPECCIONES PETROLÍFERAS

El gobierno canario debe responder al desprecio del PP, con la inmediata convocatoria de un referéndum

El Partido Popular haciendo gala de su prepotencia y sentido absolutamente antidemocrático, ha agredido al pueblo canario aprobando el informe ambiental y dando luz verde a una prospecciones petrolíferas que son rechazadas contundentemente por la mayor parte de la sociedad canaria.

El PP demuestra así no haber entendido absolutamente nada del mensaje que le han dado las urnas el último el 25 de mayo; porque si atendemos al resultado de las mismas y tomamos en cuenta además la abstención, los votos recibidos en Canarias por el Partido Popular representan solamente  al 8,6% del padrón electoral.

En este sentido, un partido tan claramente minoritario no tiene derecho a imponerle al otro 91,4% de la población canaria,  un proyecto económico que, salvo beneficiar a Repsol y a su abanderado en las islas el ministro José Manuel Soria, no implica ningún beneficio y si muchos riesgos a nuestro pueblo.

Intersindical Canaria emplaza al Gobierno canario de CC y el PSOE a dejar a un lado su teórica oposición a las prospecciones y pasar ya a los hechos convocando con o sin la autorización del gobierno de España, un referéndum para que los canarios se pronuncien sobre el tema Es sólo así  Además, ha llegado el momento de intensivar el rechazo en la calle  mediante la movilización ciudadana a estas pretendidas catas petrolíferas en nuestras islas así como el trato colonial y vejatorio que su imposición suponen para nuestro pueblo.

Tanto en las prospecciones que ahora nos imponen como en otras muchas materias en las que Canarias se juega su futuro, se evidencia la necesidad de que nuestro archipiélago recupere todas aquellas competencias políticas y económicas actualmente secuestradas por el Estado Español, único antídoto para desencadenarnos definitivamente del subdesarrollo y la dependencia.  

Canarias,  2 de junio de 2014

lunes, 12 de mayo de 2014

Desde el 9 de mayo entra en vigor la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

  • Los menores de 16 años, conductores u ocupantes de bicicletas deben utilizar siempre el casco de protección.
  • Se eleva a 1.000 euros la sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo y de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en caso de reincidencia.
  • Se puede inmovilizar un vehículo si no se dispone del dispositivo de retención infantil.
  • Se prohíben los detectores de radar, no así los dispositivos que exclusivamente informan de la ubicación de los radares.
  • Algunos de los preceptos que se recogen en la Ley necesitan de un posterior desarrollo normativo y por tanto no entran mañana en vigor.

Desde el 9 de mayo entra en vigor la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Una vez aprobada por las Cortes la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y transcurrido el plazo legal para su entrada en vigor, mañana 9 de mayo  se inicia la aplicación para aquellos preceptos que serán de obligado cumplimiento para los ciudadanos.
 
El objetivo principal de dicha reforma es la de adaptar algunos de los   contenidos de la norma a la realidad actual, aumentando la seguridad y protección de todos los usuarios de la vía, en especial  de los más débiles y sancionando de  forma más dura las conductas más peligrosas.
 
A continuación se explican los preceptos que mañana entran en vigor. Otras modificaciones incluidas en la Ley, dependen de un desarrollo normativo posterior, por lo que su entrada en vigor, se especificará en la normativa reglamentaria que lo desarrolle.
 
Drogas: La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción administrativa está castigada con una sanción de 1.000 euros y la detracción de 6 puntos.
 
Lo que no cambia es la conducción bajo la influencia de drogas, cuya vía es penal tal y como se recoge en el artículo 379.2 del Código penal. 
 
Alcohol: Se mantiene en 500 euros y la detracción de 4 a 6 puntos la infracción por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas, Además, serán sancionados con 1.000 euros de multa aquellos conductores reincidentes, es decir, que ya hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida. 
 
Otro de los preceptos que entran en vigor mañana es la obligación que tienen no sólo los conductores, sino todos los usuarios de la vía de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción. 
 
Inmovilización de vehículos: Se amplían los casos de inmovilización de   vehículos, destacando el que hace referencia a la inmovilización que pueden realizar los agentes si no se dispone del dispositivo de retención infantil adecuado al menor que viaja en él.
 
Uso del casco: A partir de mañana, los menores de 16 años tanto conductores como ocupantes de bicicletas y ciclos deben llevar siempre puesto el casco, independientemente de la vía por la que circulen. Para los mayores de 16 años, la ley no cambia. Su uso es obligatorio sólo en vías interurbanas, aunque se recomienda su uso también en urbanas.
 
Adelantamiento a ciclistas: Aunque ya lo recogía el Reglamento de Circulación, se eleva de rango normativo con el fin de reforzar la seguridad de los ciclistas, de modo que el vehículo que adelante a un ciclista deberá guardar una  separación lateral mínima de 1,5 metros  y podrá ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario.  Está prohibido adelantar a un ciclista si dicha maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas, que circulen tanto en el mismo sentido como en el  sentido contrario al vehículo que se va a adelantar.
 
Detectores de radar: Desde mañana queda expresamente prohibido usar detectores de radar, aparatos que rastrean mediante ondas la localización de los radares. El quebrantamiento de esta prohibición está tipificado como infracción grave lo que supone una sanción de 200 euros y la detracción de 3 puntos.
 
Se mantiene también la prohibición de los inhibidores que son los que pueden anular o modificar el funcionamiento de los radares. Los que si están permitidos son los avisadores, aparatos que cuentan con una base de datos con la posible ubicación de los radares.
 
Atropello de especies cinegéticas: En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo. Cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza mayor, el responsable será el propietario del terreno y si es por falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de la vía donde se haya producido el atropello.
 
Nuevas infracciones: Desde mañana pasan a ser infracciones la caída de la carga de un vehículo creando peligro para la seguridad vial; la realización de obras en la vía sin la comunicación previa a la autoridad responsable del tráfico; incumplir las condiciones de circulación de una autorización; impedir las labores de control de los centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores y causar daños a la infraestructura debido al exceso de masa o dimensiones de un vehículo.
 
Además de estas novedades, también entra mañana en vigor la posibilidad que tienen los agentes de no tener que notificar la denuncia en el acto, siempre y cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo infractor.
 
También se establece que los plazos de alegaciones de las denuncia y de pago de sanciones con descuento es de 20 días naturales.
 
 
 
 
PRECEPTOS QUE NECESITAN DE UN DESARROLLO NORMATIVO
 
Además de lo visto en los epígrafes anteriores, la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial  introduce nuevos preceptos que todavía no entran en vigor porque necesitan un desarrollo normativo posterior. Entre esos preceptos, los más importantes son:
 
  • - La prohibición de la ocupación de los asientos delanteros o traseros del vehículo a los menores en función de su edad o talla. Desarrollo en el Reglamento de Circulación.
  • - Los cambios relacionados con los límites máximos y mínimos de velocidad para conductores, vehículos y vías tienen que tener su desarrollo normativo en el Reglamento de Circulación.
- La restricción de acceso o de circulación por carreteras urbanas e interurbanas a determinados vehículos por motivos medioambientales. Desarrollo legislativo Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medioambiente.
- La modificación de las restricciones o limitaciones para conducir en los procesos oncológicos recogidos en el Reglamento de Conductores. Hasta ahora no podían conducir. La Ley lo que establece es que se tendrá en cuenta el informe que emita el oncólogo responsable para ver las limitaciones o posibles restricciones del paciente para ponerse al volante. Desarrollo Orden Ministerial.
- La obligación de los extranjeros residentes en España de matricular sus vehículos en nuestro país. Desarrollo Reglamento de Vehículos. 
- La prohibición de exportar a terceros países los vehículos que no cumplan los requisitos tanto de seguridad como medioambientales. Desarrollo en Reglamento de Vehículos.
- El procedimiento para el intercambio transfronterizo de información sobre infractores de tráfico cuando circulen en España con un vehículo matriculado en otro estado de la Unión Europea, diferente al nuestro.

martes, 22 de abril de 2014

Manifestación 1 de mayo, pedimos la participación ciudadana por nuestros derechos laborales y sociales



































Primero de Mayo
Pan, trabajo y libertad

        Aquellos principios que motivaron el inicio de la conmemoración del 1º de Mayo cuando en el año 1886 varios obreros de Chicago fueron ejecutados por el Gobierno mientras luchaban para reivindicar 8 horas de trabajo e igual número de horas para el descanso y la familia, hoy, 128 años después, han adquirido plena vigencia ante la actual, feroz y contumaz ofensiva de la troika integrada por los gobiernos, la patronal y el gran capital en su campaña de destrucción  de derechos laborales y sociales, superando incluso ese marco para llegara mancillar un amplio abanico de  libertades públicas, perseguirla protesta laboral y ciudadana, quebrar el derecho al aborto, criminalizar  las consultas populares de los pueblos del Estado para autodeterminarse…

       Precisamente, con ocasión del Día del Movimiento Obrero Mundial, no es necesario  salir de nuestras fronteras nacionales archipielágicas para confirmar que ese retroceso laboral y social es equiparable a los motivos que propiciaron los principios del 1º de Mayo. La media de jornada laboral en Canarias, supera las 8 horas diarias, constituyendo la más larga del Estado; los salarios ante la amenaza de despido laboral, han bajado ostensiblemente con un retroceso de hasta diez años atrás, aumentando el distanciamiento del 15% más que cobran de media los trabajadores españoles; 371 mil personas continúan condenados al desempleo, y de ellos la mitad no cobra ninguna prestación económica... La relación de indicadores sociales y laborales que sitúan a Canarias en el país del contexto hispano-europeo más castigado por la actual ofensiva colonial- capitalista se haría interminable, por lo que sólo, como ejemplos, nos referiremos a las 70 mil personas que aguardan para recibir asistencia sanitaria o al fracaso escolar en el que Canarias encabeza la relación de países del continente europeo en el abandono de más alumnos de las aulas… O la grave y acelerada pérdida de referentes culturales y de identidad que sufre nuestra nación canaria.

       No hay ni existe ninguna crisis ni situación alguna que justifique la  histórica discriminación ni el descomunal retroceso que actualmente sufren el conjunto de los trabajadores canarios. El sector sobre el que se asienta la mayoría de la economía (servicios), continúa sumando cada años altísimos dividendos sin que ello redunde en una mejor calidad de vida o en la dignificación laboral de los asalariados, lo que confirma que, contrariamente a invertir todos o parte de sus beneficios, el empresariado foráneo y canario  evade sus pingues beneficios hacia los centros de decisión política española o europea, o avariciosamente acumula beneficios. El Estado español y el gobierno del PP, injustificadamente, mantiene su oprobioso maltrato a los canarios imponiéndonos unas inversiones de 800 millones anuales por debajo de lo que destina a las comunidades españolas, hecho que continúa degradando nuestra calidad de vida. Contrariamente, el gobierno extrae de Canarias una media de 5 mil millones de euros anuales.

      Pero, precisamente, en esta fecha significativa fecha, no podemos pasar por alto la intensiva campaña paralela de acoso que los gobiernos y sus aliados capitalistas vienen desarrollando para el debilitamiento y desprestigio de las organizaciones sindicales, desatando una verdadera caza de brujas, mientras los medios de comunicación distraen la atención de las corruptelas que, por ejemplo, afectan a las organizaciones empresariales como la CEOE en la que miembros de sus directivas son condenados a prisión por fraude, evasión de capitales y robo. Ahora, gobiernos y banqueros, conscientes también del peligro de los sindicatos para sus intereses bastardos, activan su aparato judicial y policial para castigar y procesar a sindicalistas y desestabilizar las organizaciones de los trabajadores.

      Ante esos duros embates, en este Día del Trabajador, al tanto que honramos la figura de los inmolados de Chicago, reivindicamos también a nuestros mártires nacionales de entre los que destacamos a Antonio González, Javier González Quesada y Belén María, caídos precisamente por la consecución de esos derechos laborales y sociales que ahora nos han hurtado. En este Primero de Mayo, por tanto, renovamos nuestro compromiso para reconquistar ese legado perdido y. además,  avanzar en la consecución de unas Canarias Soberana y Libre.

lunes, 14 de abril de 2014

Fenadismer lamenta que la reforma de la Ley de Tráfico incorpore nuevas sanciones al sector, además ‘desproporcionadas

La reforma de ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial "introduce nuevas medidas tendentes a la mejora de la seguridad vial o a la persecución de aquel las actitudes o comportamientos que inciden de forma más negativa en una mayor accidentalidad vial, lo que Fenadismer valora positivamente, por resultar de especial interés para el Sector, cuya actividad laboral se desarrolla precisamente en la carretera".


Sin embargo, la federación de transportistas no comparte algunas de las nuevas medidas sancionadoras que se han introducido referidas a la actividad del transporte profesional ya que, pese a no tener repercusión grave sobre la seguridad vial, son tratadas de forma muy negativa y desproporcionada respecto a la incidencia real que tales actuaciones puedan conllevar. 

Nuevas sanciones

Así, se sanciona como infracción muy grave el incumplimiento por parte del transportista de cualesquiera de las condiciones recogidas en la autorización administrativa que habilita para su circulación, lo que pone dicha infracción al mismo nivel que conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, la conducción temeraria o en sentido contrario, entre otras. Ello, pese a que la incidencia para la seguridad vial en el caso del incumplimiento de alguna de las condiciones de la autorización puede ser mínima o inexistente. "Hay que tener en cuenta que en el caso de los transportes especiales, las autorizaciones de circulación incluyen más de 20 instrucciones sobre la forma de realizar el transporte, por lo que cualquier incumplimiento, por leve que fuera, daría lugar a su calificación como infracción muy grave", señalan desde Fenadismer.

Además, se sanciona como infracción muy grave el incumplimiento de las condiciones de la autorización causando daños a la vía o alteraciones a la circulación debido a la masa o dimensiones del vehículo. Dicha infracción podría vulnerar el principio de responsabilidad en materia sancionadora, por cuanto la caída de la mercancía a la vía puede ser debida a causas ajenas a la voluntad del transportista (pavimento en mal estado, colisión con otro vehículo que provoca el vuelco de la mercancía, rotura de uno de los elementos de fijación, etc.), teniendo además en cuenta que en determinadas especialidades del transporte, el transportista no está presente durante las labores de carga y estiba de la mercancía. 

Por otra parte, se inmovilizará el vehículo en carretera en el caso de que el conductor carezca del permiso de conducir C (camión) o D (autobús), sin que la ley especifique si tal medida sólo se aplicaría en el caso de que el permiso no se poseyera o hubiera sido objeto de anulación, o también cuando se encuentre caducado o pendiente de canje. Además dicha medida sancionadora resulta discriminatoria ya que no se plantea para el resto de categoría de vehículos, sino exclusivamente al transporte profesional.

Más de 30.000 conductores han sido denunciados por excesos de velocidad durante la última campaña de la DGT

El cumplimiento de los límites de velocidad sigue siendo una de las asignaturas pendientes de la seguridad vial en nuestro país, tal y como lo demuestran los más de 30.000 conductores que han sido denunciados en la última campaña especial de control de velocidad llevada a cabo por la DGT entre el 31 de marzo y el 6 de abril.


En los siete días de campaña, los agentes de la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado casi 1 millón de vehículos, concretamente 921.375, de los cuales 30.486 (el 3,4%) han sido denunciados por no cumplir los límites de velocidad establecidos. De los controles realizados,  más de la mitad han tenido lugar en carreteras convencionales (aquellas que disponen de un solo carril en cada sentido) que es donde se producen el 70% de los accidentes con víctimas.

Una infracción grave o muy grave

Circular a una velocidad superior a la permitida supone cometer una infracción grave o muy grave según estipula el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial.  En el anexo VI de dicha Ley se establecen las cuantías y los puntos a detraer por exceso de velocidad.

Además de estar catalogada como infracción grave o muy grave, los grandes excesos de velocidad son delito, tal como recoge el artículo 379 del Código Penal. Durante la campaña, cinco conductores han incurrido en un delito contra la seguridad vial al conducir a una velocidad superior en ochenta kilómetros por hora a la permitida en dicha carretera. 

Agentes del Subsector de Alicante de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil interceptaron el pasado día 2 de abril a un conductor que circulaba a 237 km/h y bajo la influencia de bebidas alcohólicas. También   fue detectado otro que circulaba a 160 km/h en un tramo de la N-340 limitado a 60 km/h.  

Por estos delitos, los conductores puestos a disposición judicial, podrían ser condenados con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Como viene siendo habitual en las campañas que lleva a cabo la DGT, la colaboración de las policías locales y autonómicas ha sido muy importante, ya que a la vigilancia de la velocidad en vías interurbanas  se ha sumado la que han realizado las policías locales en las vías urbanas de sus municipios.

La Comisión Europea publica el primer cuadro de indicadores de transporte de los países miembros de la UE

La Comisión Europea ha publicado por primera vez un cuadro de indicadores sobre el transporte en la UE. En él se compara el comportamiento de cada Estado miembro en 22 categorías relacionadas con el transporte y se destacan los cinco mejores y los cinco peores en la mayoría de estas categorías.


Los Países Bajos y Alemania ocupan los primeros puestos de este cuadro de indicadores, con puntuaciones elevadas en once categorías, seguidos de Suecia, el Reino Unido y Dinamarca.

El objetivo de este primer cuadro de indicadores de transporte de la UE es ofrecer una imagen puntual de la diversidad de comportamiento de los Estados miembros en asuntos de transporte a través de Europa, y ayudar a los Estados miembros a detectar las carencias y a definir prioridades para la inversión y las políticas. El cuadro reúne datos de diversas fuentes (por ejemplo, Eurostat, la Agencia Europea de Medio Ambiente, el Banco Mundial y la OCDE). La intención de la Comisión es perfeccionar los indicadores en los próximos años, en el marco de un diálogo con los Estados miembros, la industria y otras partes interesadas, así como realizar un seguimiento de los avances de los Estados miembros a lo largo del tiempo.

Siim Kallas, vicepresidente de la Comisión responsable de Transportes, ha declarado que "el nuevo cuadro de indicadores es una magnífica herramienta que muestra visualmente en qué punto del camino estamos para conseguir que nuestros sistemas de transporte sean más eficientes, más accesibles, más seguros y más limpios. Por supuesto, solo puede ofrecer una imagen puntual, pero nos proporciona a nosotros y a los Estados miembros un punto de referencia y una fuente de inspiración para nuestra colaboración".

Categorías

El cuadro de indicadores puede consultarse por modo de transporte (por carretera, ferroviario, por vías navegables, aéreo), o bien por una de las siguientes categorías:
- Mercado único (acceso al mercado, normativa)
- Infraestructura
- Impacto ambiental
- Seguridad
- Transposición del Derecho de la UE
- Infracciones del Derecho de la UE
- Innovación e investigación, y
- Logística.

En la mayoría de los cuadros resultantes, el grupo de los cinco mejores está marcado con verde, y el grupo de los cinco peores lo está con rojo.

El cuadro de indicadores se complementa con estadísticas específicas de cada país sin clasificaciones (gasto en transporte, cuota de los diferentes modos de transporte, gasto financiado por la UE en el ámbito del transporte).

martes, 4 de marzo de 2014

Manifestaciones el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer


































- Gran Canaria: 8 de marzo, 12:00 horas. Desde el Parque San Telmo hasta la Plaza Santa Ana.
 
- Lanzarote: 8 de marzo. Concentración en la c/ Real.

- Tenerife: 12 de marzo, 19:00 horas. Desde la Plaza de la Candelaria hasta el Gobierno Civil.

martes, 18 de febrero de 2014

Guaguas Municipales emitirá 100.000 unidades del Bono-10 para promocionar la temporada escénica del Teatro Cuyás

Guaguas Municipales patrocinará dos espectáculos artísticos durante el segundo tramo de la temporada 2013-14 del Teatro Cuyás, y promocionará el ciclo escénico de primavera/verano a través de la emisión de una serie especial de 100.000 unidades del Bono-10, el más utilizado entre los usuarios del transporte público.


En el marco de la colaboración entre las dos entidades, renovado el verano pasado, la empresa municipal de transportes patrocinará el espectáculo ‘Across Hip-Hop LPGC’, un proyecto pedagógico y cultural que busca acercar la danza a los jóvenes de la ciudad, que tendrá una única función el próximo 3 de mayo a partir de las 20.30 horas. Asimismo, apoyará la obra teatral ‘Misántropo,’ de Molière, que se representa los días 27 y 28 de junio bajo la dirección de Miguel del Arco y con la interpretación de Israel Elejalde y Raúl Prieto, entre otros actores de reparto.

Los usuarios y clientes de Guaguas Municipales podrán asistir de manera gratuita a los dos espectáculos patrocinados por la compañía municipal de transporte, tras participar en un sorteo que se difundirá a través de las redes sociales y en la página web en Internet. A los premiados, junto a las localidades, se les hará entrega de un bono de dos viajes para que puedan acceder sin coste alguno a las funciones.

La compañía municipal de transporte, que ya editó una primera partida exclusiva de Bono-10 en la inauguración de la temporada, emite otra serie de Bonos especiales –otros 100.000-, que se ha puesto a la venta a partir del 14 de febrero, en las oficinas comerciales, estaciones y en los establecimientos colaboradores. El bono especial ha sido diseñado expresamente por el recinto escénico con su imagen de temporada y destaca el eslogan “Viaja en butaca, ven al Cuyás” junto a una señal de caminos que anuncia los títulos más destacados del calendario.

El acuerdo entre el Guaguas Municipales y el Teatro Cuyás también incluye la posibilidad de compra de unidades del Bono 10 por parte de los usuarios del transporte público en las taquillas del Teatro. En esta misma línea de cooperación, la empresa de transporte apoyará en sus canales de difusión, ya sea a través de la página web, redes sociales o mediante carteles en los vehículos de la compañía, la promoción de los espectáculos de la sala escénica para el presente ciclo de espectáculos.

El Gobierno aprueba el Real Decreto por el que se regula el transporte de mercancías peligrosas por carretera

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. El texto pretende poner al día todas aquellas cuestiones que han quedado obsoletas y adaptarse a las normas internacionales vigentes en este momento.


Igualmente, pretende desarrollar normas internas para regular el transporte por carretera de mercancías peligrosas en los aspectos que o bien no se contemplan en el ADR (acuerdo europeo de transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera) o bien deja libertad a los Estados para su desarrollo o concreción. 

Entre los aspectos más destacables del contenido del proyecto se encuentra la adecuación al acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR). Asimismo, el proyecto contiene las normas aplicables a la tripulación de los vehículos de transporte, así como las normas especiales de circulación por las vías públicas y las autoridades competentes y circunstancias en las que se pueden emitir permisos excepcionales o especiales para el transporte y circulación en condiciones distintas a las reguladas. 

Más normas y novedades

El Real Decreto regula las condiciones, requisitos, documentación y pruebas a cumplir por los envases, embalajes, grandes recipientes para granel, grandes embalajes, vehículos, cisternas, vehículos batería, contenedores de gas de elementos múltiples, vehículos para el transporte de explosivos, vehículos portadores de cisternas y contendores para granel para materias en forma de polvo o granos, para que se les autorice a contener o transportar mercancías peligrosas. También se regulan las condiciones y requisitos para la importación de cisternas, vehículos batería, vehículos para el transporte de explosivos y unidades móviles para la fabricación de explosivos.
 
Las novedades con respecto a la normativa vigente se refieren principalmente a la fabricación y control de envases y embalajes, grandes recipientes para granel y grandes embalajes, clarificando los requisitos y periodos de inspección. Igualmente se clarifica la vigilancia y el control durante todo el proceso de fabricación de las cisternas y las actuaciones de los fabricantes y organismos de control, cuando el fabricante sea extranjero. El resto de las modificaciones se refieren a la adecuación de las referencias a las normas industriales vigentes. 

Igualmente, se regulan las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos y los organismos autorizados para el control de estos recipientes o vehículos, la documentación y trámites administrativos a cumplir. En cuanto a las normas de actuación en caso de avería o accidente, se regulan las actuaciones a realizar en caso de avería o accidente de vehículos que transporten mercancías peligrosas, tanto por parte de la tripulación del mismo, como por parte de los órganos de intervención, sus planes de actuación y los informes que se tienen que realizar a los diferentes órganos competentes en materia de control de tráfico y seguridad vial. 

El proyecto desarrolla las normas de carga y descarga de forma general, es decir, incluyendo cualquier maniobra independientemente del tipo de vehículo. Contempla la información que se debe proporcionar para desarrollar estas maniobras, su documentación, las operaciones previas a la carga o la descarga, las operaciones en sí mismas, la posibilidad de derivar responsabilidades, las operaciones de carga en común y las limitaciones existentes. 

Por último regula las operaciones que se deben realizar una vez terminada la carga o descarga. Como novedades, se clarifican las responsabilidades del cargador y del transportista en cuanto a las obligaciones establecidas en el ADR sobre la señalización de los bultos y la de los vehículos.

martes, 14 de enero de 2014

ATA acusa un aumento en el número de trabajadores autónomos que combinan su pensión con un empleo

ATA advierte de que el aumento del número de jubilados que provienen del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante el 2013 se debe en buena parte a que muchos de ellos han decidido compatibilizar su pensión con su trabajo. La posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión entró en vigor en nuestro país en marzo del año pasado.

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) ha advertido de la cifra cada vez mayor de trabajadores jubilados que provenientes del régimen especial de autónomos durante el pasado año. Según ATA el dato se puede explicar en buena medida porque muchos de ellos deciden compatibilizar pensión y trabajo.

En 2013, de los 9.671 trabajadores que decidieron combinar ambos regímenes, 7.671 eran autónomos, lo cual supone el 80% del total. Para poder acogerse a esta fórmula, es necesario haber cumplido la edad legal de jubilación y haber cotizado al menos 35 años.

A este hecho también ha contribuido que ahora los autónomos puedan jubilarse anticipadamente a los 63 años, reduciendo así la edad de jubilación de estos trabajadores, que superaba de media los 65 años. Según ATA, actualmente Uno de cada tres nuevos pensionistas que se ha producido en 2013 en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) compatibiliza trabajo y pensión de jubilación.

En 2013 desaparecieron 159 empresas de autobuses, cifra que sube a 458 desde que comenzó la crisis

Según se desprende de los últimos datos publicado por el Ministerio de Fomento el pasado mes de diciembre, desde que se inició la crisis económica en España, en verano de 2007, el sector del transporte de viajeros por carretera se ha visto gravemente afectado con la desaparición de 458 empresas, con una caída de 159 empresas en 2013.

Tal como informan desde Asintra en su Digital Semanal, en 2007 existían 3.965 empresas registradas, frente a las mientras 3.507 actuales. Las causas principales que han provocado esta desaparición de empresas han sido la fuerte caída de la demanda, el escaso acceso al crédito, las deudas de las Administraciones Públicas y el encarecimiento de los costes, principalmente el de la mano de obra y el del combustible.

Asimismo, aunque el número de vehículos autorizados ha crecido a lo largo de los años, desde el pasado mes de enero esta cifra también ha disminuido en 2.152 vehículos.

La media de vehículos por empresa se mantiene por encima de los 11 autobuses.