martes, 18 de febrero de 2014

Guaguas Municipales emitirá 100.000 unidades del Bono-10 para promocionar la temporada escénica del Teatro Cuyás

Guaguas Municipales patrocinará dos espectáculos artísticos durante el segundo tramo de la temporada 2013-14 del Teatro Cuyás, y promocionará el ciclo escénico de primavera/verano a través de la emisión de una serie especial de 100.000 unidades del Bono-10, el más utilizado entre los usuarios del transporte público.


En el marco de la colaboración entre las dos entidades, renovado el verano pasado, la empresa municipal de transportes patrocinará el espectáculo ‘Across Hip-Hop LPGC’, un proyecto pedagógico y cultural que busca acercar la danza a los jóvenes de la ciudad, que tendrá una única función el próximo 3 de mayo a partir de las 20.30 horas. Asimismo, apoyará la obra teatral ‘Misántropo,’ de Molière, que se representa los días 27 y 28 de junio bajo la dirección de Miguel del Arco y con la interpretación de Israel Elejalde y Raúl Prieto, entre otros actores de reparto.

Los usuarios y clientes de Guaguas Municipales podrán asistir de manera gratuita a los dos espectáculos patrocinados por la compañía municipal de transporte, tras participar en un sorteo que se difundirá a través de las redes sociales y en la página web en Internet. A los premiados, junto a las localidades, se les hará entrega de un bono de dos viajes para que puedan acceder sin coste alguno a las funciones.

La compañía municipal de transporte, que ya editó una primera partida exclusiva de Bono-10 en la inauguración de la temporada, emite otra serie de Bonos especiales –otros 100.000-, que se ha puesto a la venta a partir del 14 de febrero, en las oficinas comerciales, estaciones y en los establecimientos colaboradores. El bono especial ha sido diseñado expresamente por el recinto escénico con su imagen de temporada y destaca el eslogan “Viaja en butaca, ven al Cuyás” junto a una señal de caminos que anuncia los títulos más destacados del calendario.

El acuerdo entre el Guaguas Municipales y el Teatro Cuyás también incluye la posibilidad de compra de unidades del Bono 10 por parte de los usuarios del transporte público en las taquillas del Teatro. En esta misma línea de cooperación, la empresa de transporte apoyará en sus canales de difusión, ya sea a través de la página web, redes sociales o mediante carteles en los vehículos de la compañía, la promoción de los espectáculos de la sala escénica para el presente ciclo de espectáculos.

El Gobierno aprueba el Real Decreto por el que se regula el transporte de mercancías peligrosas por carretera

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. El texto pretende poner al día todas aquellas cuestiones que han quedado obsoletas y adaptarse a las normas internacionales vigentes en este momento.


Igualmente, pretende desarrollar normas internas para regular el transporte por carretera de mercancías peligrosas en los aspectos que o bien no se contemplan en el ADR (acuerdo europeo de transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera) o bien deja libertad a los Estados para su desarrollo o concreción. 

Entre los aspectos más destacables del contenido del proyecto se encuentra la adecuación al acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR). Asimismo, el proyecto contiene las normas aplicables a la tripulación de los vehículos de transporte, así como las normas especiales de circulación por las vías públicas y las autoridades competentes y circunstancias en las que se pueden emitir permisos excepcionales o especiales para el transporte y circulación en condiciones distintas a las reguladas. 

Más normas y novedades

El Real Decreto regula las condiciones, requisitos, documentación y pruebas a cumplir por los envases, embalajes, grandes recipientes para granel, grandes embalajes, vehículos, cisternas, vehículos batería, contenedores de gas de elementos múltiples, vehículos para el transporte de explosivos, vehículos portadores de cisternas y contendores para granel para materias en forma de polvo o granos, para que se les autorice a contener o transportar mercancías peligrosas. También se regulan las condiciones y requisitos para la importación de cisternas, vehículos batería, vehículos para el transporte de explosivos y unidades móviles para la fabricación de explosivos.
 
Las novedades con respecto a la normativa vigente se refieren principalmente a la fabricación y control de envases y embalajes, grandes recipientes para granel y grandes embalajes, clarificando los requisitos y periodos de inspección. Igualmente se clarifica la vigilancia y el control durante todo el proceso de fabricación de las cisternas y las actuaciones de los fabricantes y organismos de control, cuando el fabricante sea extranjero. El resto de las modificaciones se refieren a la adecuación de las referencias a las normas industriales vigentes. 

Igualmente, se regulan las estaciones de Inspección Técnica de Vehículos y los organismos autorizados para el control de estos recipientes o vehículos, la documentación y trámites administrativos a cumplir. En cuanto a las normas de actuación en caso de avería o accidente, se regulan las actuaciones a realizar en caso de avería o accidente de vehículos que transporten mercancías peligrosas, tanto por parte de la tripulación del mismo, como por parte de los órganos de intervención, sus planes de actuación y los informes que se tienen que realizar a los diferentes órganos competentes en materia de control de tráfico y seguridad vial. 

El proyecto desarrolla las normas de carga y descarga de forma general, es decir, incluyendo cualquier maniobra independientemente del tipo de vehículo. Contempla la información que se debe proporcionar para desarrollar estas maniobras, su documentación, las operaciones previas a la carga o la descarga, las operaciones en sí mismas, la posibilidad de derivar responsabilidades, las operaciones de carga en común y las limitaciones existentes. 

Por último regula las operaciones que se deben realizar una vez terminada la carga o descarga. Como novedades, se clarifican las responsabilidades del cargador y del transportista en cuanto a las obligaciones establecidas en el ADR sobre la señalización de los bultos y la de los vehículos.