La principal fuente de información en los controles de carretera la constituyen los datos registrados por el tacógrafo. Si de los últimos 28 días a un conductor le falta algún registro de tacógrafo relativo a una o varias jornadas, debe acreditar con el ‘Leave Letter’ o certificado de actividades del conductor, esa ausencia.
Desde Fenadismer recuerdan que con la última reforma, de diciembre de 2009, el Leave Letter debe recoger los descansos realizados, cuando estos superen el período ordinario de descanso semanal de 45 horas, además de otros elementos. Esta cuestión está ocasionando más que un problema en el sector del transporte por carretera, al ser muy difícil de prever antes de partir al viaje.
De aquí la reivindicación de la Asociación de Empresarios de Transportes Discrecionales de Mercancías de Pontevedra (Asetranspo) por una mayor flexibilidad en la normativa que, actúa, según se indica en el Diario Oficial de la Unión Europea, con el fin de reforzar la eficiencia y efectividad de los controles de los Estados miembros.
El Leave Letter es un documento que debe ser siempre un original a máquina, nunca copia ni manuscrito, firmado por empresa y conductor, que ha de viajar en todo momento a bordo del vehículo, de lo contrario la empresa, pues la ley no actúa en ningún caso contra el conductor —otra gran demanda del sector—, se enfrenta a una sanción de 2.001 euros.
En este sentido, el problema llega en el momento en que un vehículo o toda una flota de una empresa se encuentra en el extranjero y el empresario no ve al conductor más que una vez al mes, una situación muy frecuente entre los propios asociados de Asetranspo.
En este caso, "uno no puede prever esos tiempos, pues siempre dependemos de factores externos como el tráfico, la meteorología, huelgas, demoras en las cargas y descargas, dificultades para los retornos con nuevas mercancías, etcétera", explica Jesús Manuel Rodríguez Vieites, presidente de Asetranspo.
Además, por otra parte, es imposible que el empresario pueda emitir el Leave Letter con antelación para que el conductor lo pueda llevar consigo, desde el momento que sale de la base de la empresa, ya que debe ser cubierto a máquina y salir firmado por ambos, "¿significa esto que uno tiene que llevar a bordo una impresora?".
De imposible cumplimiento
Desde Asetranspo ven en esta nueva normativa "una obligación imposible de cumplir y la conclusión a la que llegamos es que se trata de un método perfecto para quien quiera infringir la norma e imposible y nefasto para quien la quiere cumplir escrupulosamente", señala Rodríguez Vieites, que califica la normativa de "un nuevo revés par el sector que defendemos, el de los empresarios que cumplen y hacen un extraordinario esfuerzo por estar dentro de la ley y cumplir con todas las medidas de seguridad".
Actualmente las irregularidades en los descansos o pausas reglamentarias se pagan con sanciones económicas, en ocasiones aparejadas con la inmovilización del vehículo, de hasta 4.600 euros. En este sentido, desde la asociación ven injusto el hecho de que no llevar un disco diagrama o no poder justificar un tiempo de actividad en el que no ha habido conducción "se pague más caro" que pasarse un semáforo en rojo, saltarse un stop o conducir de forma temeraria.
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