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martes, 14 de enero de 2014

ATA acusa un aumento en el número de trabajadores autónomos que combinan su pensión con un empleo

ATA advierte de que el aumento del número de jubilados que provienen del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante el 2013 se debe en buena parte a que muchos de ellos han decidido compatibilizar su pensión con su trabajo. La posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión entró en vigor en nuestro país en marzo del año pasado.

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) ha advertido de la cifra cada vez mayor de trabajadores jubilados que provenientes del régimen especial de autónomos durante el pasado año. Según ATA el dato se puede explicar en buena medida porque muchos de ellos deciden compatibilizar pensión y trabajo.

En 2013, de los 9.671 trabajadores que decidieron combinar ambos regímenes, 7.671 eran autónomos, lo cual supone el 80% del total. Para poder acogerse a esta fórmula, es necesario haber cumplido la edad legal de jubilación y haber cotizado al menos 35 años.

A este hecho también ha contribuido que ahora los autónomos puedan jubilarse anticipadamente a los 63 años, reduciendo así la edad de jubilación de estos trabajadores, que superaba de media los 65 años. Según ATA, actualmente Uno de cada tres nuevos pensionistas que se ha producido en 2013 en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) compatibiliza trabajo y pensión de jubilación.

martes, 26 de febrero de 2013

El Sector aplaude la publicación en el BOE de la regulación de los tiempos de trabajo de los transportistas autónomos

El pasado fin de semana se publicó en el BOE el Real Decreto 128/2013 que establece los tiempos de trabajo para los trabajadores autónomos que realizan actividades móviles de transporte por carretera. El Sector ha aplaudido esta decisión al considerar "el triunfo de una reivindicación a lo largo del tiempo".

Desde la Asociación del Transporte Internacional por Carretera han acogido "favorablemente" esta publicación, ya que Astic "ha considerado siempre una de sus principales reivindicaciones la eliminación de la discriminación entre trabajadores autónomos y asalariados en materia de tiempos de trabajo".

Astic ya solicitó que los autónomos se incluyeran en el ámbito de aplicación de la directiva 15/2002, algo que, "aunque de forma diferida, se consiguió , y se opuso a la propuesta de directiva que pretendía dejarles definitivamente fuera, que fue rechazada por el Parlamento Europeo en junio de 2010. De ahí que la publicación de este Real Decreto ultima todo este proceso".

Sin embargo, a pesar de recibir "de manera positiva" esta decisión, los responsables de Astic han señalado que "tampoco deben esperarse resultados espectaculares de esta norma, que no prevé límite máximo alguno para los tiempos de disponibilidad, a diferencia de lo que sucede en el RD 1561/95 para los trabajadores móviles. Tampoco está claro quién se va a encargar de comprobar y denunciar el cumplimiento de este RD por parte de los trabajadores autónomos".

La reacción de CETM

Por su parte, desde CETM han celebrado esta publicación, ya que con esta decisión "se equiparan un poco más las reglas que han de observar todos los conductores de transporte por carretera, sean asalariados o autónomos, porque además de regirse por la normativa de los tiempos de conducción y descanso, cuentan ambos con una norma que regula su tiempo de trabajo".

Los responsables de CETM, al igual que los de Astic, han asegurado que "siempre han defendido que la Directiva europea sobre tiempo de trabajo del transporte por carretera debía ser de aplicación no solo a los asalariados del transporte sino también a los autónomos. Ya que lo contrario suponía dejar fuera de su ámbito de aplicación a un elevado porcentaje de los agentes que intervienen en el mercado de transporte".