domingo, 4 de agosto de 2013

Trucos para alargar la batería de tu 'smartphone'

El verano es una época propicia para el uso intensivo del smarthphone. Los principales fabricantes de dispositivos reconocen un punto débil: la duración de la batería. Por ello ponen a disposición de los usuarios una serie de recomendaciones para alargar la autonomía de los teléfonos inteligentes

1 - Consulta las estadísticas de uso, ya que conocer el uso del smartphone y lo que suele durar la batería puede ayudar a mejorar su autonomía

2. Desactivar la vibración, salvo que se necesite saber si saber si se tiene notificaciones.

3. Desactivar el bluethooth y solo conectarlo si realmente hace falta, dado que es una de las dacilidades que más batería consume.

4. Desactivar el sonido del teclado ya que, aunque poca, también gasta energía.

5. Configura la iluminación de la pantalla en modo de ahorro de energía y ajustar el tiempo de espera de la pantalla. Oscurecer la pantalla en el ajuste del brillo.

6. Apaga la conexión por wifi si no se está usando. Si el wifi está encendido, el smartphone busca constantemente redes de acceso,

7. También es útil desactivar la conexión de datos, especialmente si no hay buena cobertura. En los Iphone, usar el modo avión si hay poca coberura.

8. Aunque puede parecer obvio, bloquear el smartphone para evitar activar una aplicación por error si se toca la pantalla.

9. Desde Samsung recomiendan cargar la batería del móvil cuando alcance al menos, al 20% de su capacidad; es más, si está totalmente agotada, mejor. Una vez con el cargador, dejar que la batería se llene por completo, y evitar someter al smartphone a altas o bajas temperaturas ya que pueden afectar su buen funcionamiento.

10. Actualizar el software del smartphone con la última versión disponible. Las compañías buscan fórmulas para mejorar la autonomía de la batería.

11. Ojo a los widgets y aplicaciones del smartphone: cada aplicación instalada trabaja por separado. Hay que vigilar que alguna no esté funcionando de manera innecesaria. Cerrrar siempre las que no se estén usando.

12. Desactivar la sincronización automática de las cuentas de correo electrónico o de redes sociales si no se necesita de manera urgente.

13. Desde Samsung recomiendan instalar aplicaciones que ayuden a gestionar más fácil y rápidamente los parámetros de ahorro y estabilice la salud energética de tu smartphone.

14. En el caso del iPhone, para mantener la batería de iones de litio en buen estado, es importante ayudar a mover sus electrones de vez en cuando. Por ello recomiendan completar al menos un ciclo de carga al mes (carga la batería al 100% y luego gastarla del todo).

Un panel solar, casi tan rentable como un bono del Tesoro

Una inversión segura un panel solar? En medio de la gran disputa que ha dejado la reforma energética aprobada por el Gobierno este mes, y del goteo de aumentos en el recibo de la luz– en agosto subirá de nuevo un 3,2%–, se abre camino, poco a poco, una nueva relación entre los consumidores y la energía. 

Ya son 500 las personas que se han subido al tren de Ecooo, empresa que alquila tejados, instala paneles solares sobre ellos, produce electricidad y reparte beneficios entre la comunidad de bienes creada para la venta de energía solar a las compañías eléctricas tradicionales. “Cada semana se suman 20 o 30 nuevos socios. Con un millón de personas invirtiendo en renovable distribuida, el modelo evolucionaría”, comenta Mario Sánchez, fundador de la compañía en 2005, la primera de este tipo que se creó en España.

Ese es el objetivo de esta pequeña empresa pionera que tiene 65 cubiertas alquiladas repartidas por las regiones en las que más pega el sol en España: influir en el cambio de modelo energético acercando las renovables a los ciudadanos, “sin primas y en manos de la gente, no de unas pocas empresas”, prosigue Sánchez. Un mínimo de 100 euros y cualquiera puede ser socio de Ecooo, que ofrece una rentabilidad del 6% a 25 años, “como bonos del Tesoro”, porque los sucesivos recortes a las ayudas económicas al sector en principio no afectan a las instalaciones ya en funcionamiento.

“La gente produce electricidad en vez de invertir en productos sofisticados”. “No metes tu dinero sin saber a dónde va a ir a parar”, remata este antiguo asesor de empresas que no duda en lanzar que “el cambio climático es el gran fallo del mercado actual”.

La fotovoltaica puede ser, según Ecooo, una de las claves del cambio de modelo energético porque los avances en la tecnología han reducido pasmosamente los costes, hasta un 80% en los últimos cuatro años. “Hubo un tiempo en el que el sector se asociaba a las primas, pero ese tiempo ya ha pasado, hoy no hay ese riesgo regulatorio”, matiza Cote Romero, directora de la compañía.

Ya es más barato instalar entre 8 y 10 paneles sobre el tejado de una vivienda unifamiliar (unos 2 kilovatios de potencia) y nutrirse de esa electricidad que comprarla a la compañía eléctrica. Por ello, Ecooo se suma a las críticas del sector renovable por el letargo de la ley que debe regular el autoconsumo (un hogar produce y consume su propia electricidad a partir de fotovoltaica y minieólica) y que lleva más de un año y medio parada.

El reto para el sector no es ya solo que la norma salga adelante, prometida para antes del verano, sino que los peajes que se determinen (pago por utilizar la red eléctrica) “no sean abusivos”, o sea, que se ciñan al uso del sistema y no impongan un canon por consumir la electricidad generada, como piden algunas eléctricas.

La compañía, que acaba de inaugurar una nueva cubierta en Cuenca que producirá 110.000 kWh anuales, el equivalente de electricidad para 37 familias, a partir de una inversión de 1.000 euros, también hace autocrítica sobre el desordenado crecimiento de la fotovoltaica, “grandes huertas solares para fondos de inversión”, explican. 

Por ello, el suyo es un modelo que se fija en pequeñas instalaciones. “Así se deja libre el campo y no se pierde energía”, en referencia a que no hace falta transportarla. Y sin vendedores. Los promotores del proyecto son los propios socios, “comuneros” los llaman en Ecooo, porque su idea es ir creando una comunidad que termine convirtiéndose en una alternativa real al modelo energético basado en la quema de combustibles fósiles (carbón, petróleo y gas).

Mientras ese momento llega, la suya, dicen, también es una tarea de divulgación, en concreto sobre los mitos que se han ido levantando sobre las renovables, como el abuso de estas tecnologías de las primas. “¿Por qué nadie habla de las ayudas al carbón, al gas, a Garoña?”.

Sobre el déficit de tarifa, la deuda colosal de más de 26.000 millones de euros de las eléctricas con el Estado, dice Ecooo que “es una realidad, pero no se está teniendo en cuenta el abaratamiento de la entrada de tecnologías renovables en el precio del mercado, que compensan la pérdida de ingresos en generación”.

La fórmula para pagar menos en el recibo de la luz

El problema de privacidad que puede generar el nuevo mecanismo para disfrutar del bono social de la luz, en el que se condiciona la percepción de la ayuda a unos umbrales de renta, se resolverá mediante un certificado específico que será emitido por la Agencia Tributaria y que impedirá a las eléctricas conocer los ingresos de los hogares que se acojan a él.

Para solicitar esta ayuda, los interesados deben entregar a su comercializadora un formulario junto a la documentación que demuestre que cumple los requisitos. Como parte de este trámite, deberán incluir este nuevo certificado, en el que la Administración se limita a indicar que el contribuyente cumple los requisitos de renta, sin detallar la cifra de ingresos.

El artículo 18 de borrador de real decreto de comercializadoras establece además los criterios de supervisión de la ayuda por parte de las eléctricas. Estas empresas estarán habilitadas para comprobar si el usuario cumple las condiciones y podrán firmar convenios de colaboración con las instituciones públicas que manejen los datos.

Como parte de esta labor de supervisión, la administración competente podrá informar a la eléctrica, sin el consentimiento del usuario, de si se cumplen los requisitos sobre el umbral de renta, pero en ningún caso puede dar la cifra de la cuantía concreta de la renta.

Al igual que ocurría con la Tarifa de Último Recurso (TUR), para disfrutar del bono social es necesario tener un contrato regulado con el nuevo Precio Voluntario al Pequeño Consumidor. De esta forma, los consumidores con suministros en el mercado libre no podrán disfrutarlo, salvo que se pasen a la opción regulada.

En este punto aparece la novedad de que antes la TUR solo podían suministrarla por obligación las cinco grandes eléctricas, mientras que ahora se permitirá la participación de otras comercializadoras que cumplan una serie de requisitos.

Por defecto, las eléctricas con más de 50.000 clientes en una comunidad autónoma y al menos un 10% de los suministros totales estarán obligadas a suministrar el servicio regulado en calidad de “comercializadores de referencia”. Este criterio hace que, de forma automática, Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, HC y EDP entren en este grupo.

Penalización al consumo

El nuevo bono social se renovará cada dos años y, pese a suponer una tarifa más baja, tendrá una penalización por exceso de consumo. Si se consumen hasta 12,5 kilovatios hora (kWh) al mes, no se pagará el término de potencia, pero si se exceden los 500 kWh al mes se aplicará una penalización.

Por otro lado, si la comercializadora de referencia hace un requerimiento al usuario para comprobar que cumple las condiciones y éste no responde en dos meses, no solo se le quitará el bono social, sino que se refacturarán los importes cobrados de más desde el momento en el que se produjo el incumplimiento.

Condiciones

Para disfrutar del bono social hay que formar parte de alguno de los grupos a los que está destinado y, al mismo tiempo, cumplir un criterio de renta. Los grupos son los usuarios con potencias de menos de 3 kilovatios (kW), los pensionistas de más de 60 años con pensiones mínimas, las familias numerosas y las familias numerosas con todos los miembros en paro.

A todos estos criterios se suma el umbral de renta por encima del cual los colectivos anteriores quedarán excluidos. Para una persona, el techo es un 120% del salario mínimo (10.841 euros), mientras que para la segunda es del 70% (7.588 euros) y para la tercera y siguientes es del 50% (5.420 euros).

En nuevo bono social cambia además su tarifa, que ya no será la vigente en 2009. Para potencias inferiores a 10 kilovatios (kW), el término de potencia será de 1,698 euros por kilovatio (kW) al mes, y el de energía de 0,1163 euros por kWh.

Multa por fallecimiento

Todos estamos de acuerdo en que las normas están para ser cumplidas. Y como normas pueden entenderse en el ámbito económico los contratos, pero lo cierto es que hay algunas empresas que llevan esa máxima hasta extremos increíbles.

 Acaba de ocurrirle a un cliente de una conocida compañía de telecomunicaciones que cuando fue a dar de baja el móvil de un familiar recién fallecido, la operadora le comunicó que tendría que pagar 50 euros por incumplir el compromiso de permanencia. 

Su primera reacción fue de perplejidad, le siguió la convicción de que el portavoz de la compañía no le había entendido, pero cuando por segunda vez relató las circunstancias en las que solicitaba la baja y le contestaron lo mismo, llegó a la misma conclusión que usted: intolerable.

Si quieres pasar un rato ponte en contacto


jueves, 11 de julio de 2013

La UE sanciona a España por irregularidades en las concesiones de servicios de transporte público

La infracción ha sido impuesta por la Comisión Europea tras el análisis del método y las prórrogas establecidas por las CCAA para la adjudicación de concesiones de servicios de transporte público, ya que la Comisión considera que este proceso vulnera el reglamento establecido.

 El último boletín de información del pasado 5 de Julio contiene más información acerca del procedimiento de infracción que la Comisión Europea abrió contra España en referencia al tema de las concesiones para servicios públicos de transporte.

En el boletín se considera que el derecho de preferencia del concesionario saliente que recoge la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre, reconocido a operadores de servicio público de uso general sobre servicios de uso especial en regiones como Castilla y León o la Comunidad Valenciana, así como las prórrogas concedidas en algunas autonomías, entrarían en conflicto con la normativa europea.

Según la UE, la adjudicación de concesiones de servicios de transporte público debe llevarse a cabo en base a dos criterios: el servicio con la oferta económica más ventajosa o el que tenga el precio más bajo. Por tanto, las preferencias y prórrogas vulnerarían el principio de igualdad y trato, y de libertad de establecimiento de la UE.

Según aclara la federación sectorial Fenebús, las prórrogas concedidas entre el 26 de julio de 2000 y el 3 de diciembre de 2009, día en el que entró en vigor la nueva normativa, serían consideradas nuevas concesiones ya que se modificaron los términos del contrato. La ley establece un máximo de 10 años de duración para las concesiones, término que se habría vulnerado en varias autonomías, así como en la Comunidad Valenciana, en la que la adjudicación se produjo después de la entrada en vigor de la ley.

 El procedimiento de infracción también revisará la ampliación por 5 años de las concesiones en la Comunidad de Madrid ya que consideran que no se han realizado según los criterios explicitados por la Ley. Ya hay reacciones Según indica Fenebús, los responsables de la Dirección General de Transporte Terrestre de Fomento se reunieron con los directores generales de las comunidades que se han visto afectadas por el procedimiento comunitario el pasado día 3 de Julio en Madrid.

En esta reunión se trató el tema de las incompatibilidades de las disposiones españolas y la normativa europea. Por su parte, el Comité Nacional de Transporte por Carretera ha solicitado al Director General de Transporte Terrestre, Joaquín del Moral, una reunión urgente con los responsables de las CCAA afectadas para intentar aunar posiciones y ofrecer una alternativa conjunta a las autoridades europeas.

martes, 9 de julio de 2013

El gobierno modifica la delegación de facultades a las Comunidades Autónomas en el transporte por carretera

La semana pasada fue publicada en el BOE la Ley Orgánica 5/2013 por la que se modifica la Ley Orgánica de 1987 que regulaba la Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomos en relación con los transportes por carretera. Así lo ha destacado la federación Asintra en un comunicado.

En concreto, esta nueva modificación de la ley ha afectado fundamentalmente a su artículo 10, con el objetivo de señalar de una forma transparente y más clara la distribución de competencias en materias de inspección y sanciones entre las distintas Comunidades Autónomas que han quedado asumidas con esta nueva delegación.

El nuevo artículo 10 clarifica que serán las propias regiones las que, por delegación del Estado, ejerzan "la inspección de los servicios y demás actividades de transporte por carretera competencia de éste, en los centros de trabajo que las empresas tengan en sus respectivos territorios y los vehículos que circulen por ellos". Y todo ello independientemente del origen en el que se hayan desarrollado esos servicios y actividades.

De tal manera, serán las Comunidades Autónomas quienes posean la facultad sancionadora en el ejercicio de las inspecciones, incluso cuando la gestión de estos servicios no haya sido delegada en otra Comunidad.
Sin embargo, el nuevo artículo aclara que, en el caso de que esta sancion conlleve algún tipo de resolución de contrato público de caracter estatal, la Comunidad Autónoma sólo queda facultada para "proponer la resolución del contrato de gestión de un servicio público de transporte regular de viajeros de competencia estatal". De esta forma, será a la Administración General del Estado la que acorde lo que proceda al respecto y resolver el procedimiento de resolución.

Finalmente, la modificación de la ley prevé que la delegación de estas facultades en las regiones no obstará para que la Administración Central  lleve a cabo las inspecciones que considere oportunas, así como las sanciones que estime necesarias.