lunes, 30 de abril de 2012

Hacienda explica cómo solicitar el pago de deudas a los ayuntamientos y la posibilidad de hacerlo por ‘lotes’

La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda ha dictado una nota informativa sobre los certificados individuales de facturas impagadas, y su posible gestión por lotes o de forma masiva de las solicitudes que se formulen y certificaciones que se emitan.

Si bien con carácter general se exigía una solicitud por cada obligación reclamada, ahora se permite la presentación de una solicitud general o “masiva” referida a varias facturas. Si no se cumplen estos requisitos formales, el Ayuntamiento deberá notificar al proveedor la desestimación de la solicitud, incluyéndose entre las certificaciones denegatorias que se remitirán por vía telemática al Ministerio de Hacienda. El proveedor podrá volver a presentar una solicitud correcta dentro del plazo establecido.

Según señalan desde Fenebús, la presentación de la solicitud de certificado individual por un proveedor si el Ayuntamiento reconoce el derecho implica automáticamente su inclusión en el mecanismo de financiación.
En cuanto a la contestación por parte del Ayuntamiento reconociendo la existencia de obligaciones de pago, se expedirá en los términos de la Orden HAP/537/2012, o en otro formato siempre que se facilite toda la información a que se refiere dicha Orden.

También con carácter general y como en el caso de las solicitudes se exigía una contestación por factura, aunque ahora se permite la posibilidad de emitir un certificado general o masivo referido a varias facturas. La contestación de los Ayuntamientos desestimando las solicitudes de certificado individual se hará en los términos que establezcan sus respectivos interventores. Contra el certificado que expida el órgano interventor no cabe ningún tipo de recurso.

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