El Gobierno andaluz ha aprobado este martes el proyecto de Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte, una norma pionera en España que regula los derechos de pacientes y deberes de los profesionales sanitarios de los centros públicos y privados.
La futura ley será ahora enviada al Parlamento andaluz para su tramitación definitiva, regula el "abanico de posibilidades" clínicas para garantizar una muerte diga y minimizar los procesos agónicos, como la limitación del esfuerzo terapéutico, que permite a un paciente no recibir tratamientos artificiales para seguir con vida, o el rechazo al tratamiento, que le faculta a desconectarse de sistemas artificiales.
Según ha explicado en rueda de prensa la consejera de Salud, María Jesús Montero, otras circunstancias que contempla la "ley de la muerte digna", que desarrolla un derecho incluido en el Estatuto de Autonomía, son la sedación paliativa terminal (conjunto de procedimientos para afrontar los procesos agónicos) y la determinación de la muerte cerebral.
El texto no regula la eutanasia (acto para provocar la muerte) ni el suicidio asistido (ayuda a la muerte de una persona, como ocurrió con el tetrapléjico Ramón Sampedro) pues son figuras tipificadas en el Código Penal sobre las que no puede legislar un gobierno autonómico.
El proyecto de ley dispone que los profesionales sanitarios deberán informar al paciente sobre el proceso clínico y respetar las decisiones que éste tome una vez hecha la indicación facultativa. De igual modo, estarán obligados a transmitir información sobre el derecho a formular la declaración de voluntad vital anticipada y consultarla en aquellos casos en que esté redactada y la persona no pueda expresar sus preferencias.
El proyecto ha sido redactado con el acuerdo y las aportaciones de más de 60 colectivos, principalmente de profesionales, sindicatos y asociaciones científicas.
La consejera de Salud andaluza apuntó que los propios ciudadanos han impulsado esta regulación normativa, teniendo en cuenta que, de acuerdo con el barómetro sanitario de 2007, el 93, 7 por ciento de los encuestados coincidía con la expresión de que todo el mundo tenía derecho a vivir dignamente el proceso de la muerte.
Objeción de conciencia
Preguntada sobre el derecho a la objeción de conciencia del profesional sanitario, la consejera indicó que esta norma no es el foro adecuado para plantear la regulación de este derecho, con independencia de que siempre hay que plantearlo como una situación de excepcionalidad. Resaltó que esta ley andaluza está realizada de acuerdo con las buenas prácticas clínicas y que el tema de la objeción de conciencia ha sido estudiado con mucho detalle con los colectivos de profesionales.
Para Montero, el marco de regulación de la objeción de conciencia en el ámbito sanitario debería tener la consideración de proyecto de ley o de normativa específica en el marco del Estado. La norma andaluza, según agregó, establece una salvaguarda para el paciente donde se prevé que en caso de eventualidad sanitaria, la institución sanitaria ya sea pública o privada tiene que garantizar el derecho del paciente por encima de cualquier otra consideración.
Durante el proceso de tramitación de la norma, según explicó la consejera, se han llevado a cabo una serie de mejoras muy importantes, que han afectado a aspectos como la limitación del esfuerzo terapéutico y al apartado de las sanciones, orientado de acuerdo a lo que se plantea en la Ley general de sanidad, en la Ley de Salud de Andalucía y en el Estatuto marco de Andalucía. Montero dijo que es obligado que este régimen sancionador aparezca en la norma y afecta a los deberes de los profesionales sanitarios que atienden a las personas en sus momentos finales.
Una vez que esta ley llegue al Parlamento, la consejera confió en que sea aprobada con el consenso de todos los partidos. No obstante, auguró que en el seno del PP va a generar cierto debate interno, por lo que confió en que frente al "ala más conservadora y dura" de esta formación, prevalezcan en el seno de los populares las opiniones más modernas y que más conectan con la sociedad, toda vez que estamos ante una ley "tremendamente respetuosa con los valores y las creencias de las personas".
La futura ley será ahora enviada al Parlamento andaluz para su tramitación definitiva, regula el "abanico de posibilidades" clínicas para garantizar una muerte diga y minimizar los procesos agónicos, como la limitación del esfuerzo terapéutico, que permite a un paciente no recibir tratamientos artificiales para seguir con vida, o el rechazo al tratamiento, que le faculta a desconectarse de sistemas artificiales.
Según ha explicado en rueda de prensa la consejera de Salud, María Jesús Montero, otras circunstancias que contempla la "ley de la muerte digna", que desarrolla un derecho incluido en el Estatuto de Autonomía, son la sedación paliativa terminal (conjunto de procedimientos para afrontar los procesos agónicos) y la determinación de la muerte cerebral.
El texto no regula la eutanasia (acto para provocar la muerte) ni el suicidio asistido (ayuda a la muerte de una persona, como ocurrió con el tetrapléjico Ramón Sampedro) pues son figuras tipificadas en el Código Penal sobre las que no puede legislar un gobierno autonómico.
El proyecto de ley dispone que los profesionales sanitarios deberán informar al paciente sobre el proceso clínico y respetar las decisiones que éste tome una vez hecha la indicación facultativa. De igual modo, estarán obligados a transmitir información sobre el derecho a formular la declaración de voluntad vital anticipada y consultarla en aquellos casos en que esté redactada y la persona no pueda expresar sus preferencias.
El proyecto ha sido redactado con el acuerdo y las aportaciones de más de 60 colectivos, principalmente de profesionales, sindicatos y asociaciones científicas.
La consejera de Salud andaluza apuntó que los propios ciudadanos han impulsado esta regulación normativa, teniendo en cuenta que, de acuerdo con el barómetro sanitario de 2007, el 93, 7 por ciento de los encuestados coincidía con la expresión de que todo el mundo tenía derecho a vivir dignamente el proceso de la muerte.
Objeción de conciencia
Preguntada sobre el derecho a la objeción de conciencia del profesional sanitario, la consejera indicó que esta norma no es el foro adecuado para plantear la regulación de este derecho, con independencia de que siempre hay que plantearlo como una situación de excepcionalidad. Resaltó que esta ley andaluza está realizada de acuerdo con las buenas prácticas clínicas y que el tema de la objeción de conciencia ha sido estudiado con mucho detalle con los colectivos de profesionales.
Para Montero, el marco de regulación de la objeción de conciencia en el ámbito sanitario debería tener la consideración de proyecto de ley o de normativa específica en el marco del Estado. La norma andaluza, según agregó, establece una salvaguarda para el paciente donde se prevé que en caso de eventualidad sanitaria, la institución sanitaria ya sea pública o privada tiene que garantizar el derecho del paciente por encima de cualquier otra consideración.
Durante el proceso de tramitación de la norma, según explicó la consejera, se han llevado a cabo una serie de mejoras muy importantes, que han afectado a aspectos como la limitación del esfuerzo terapéutico y al apartado de las sanciones, orientado de acuerdo a lo que se plantea en la Ley general de sanidad, en la Ley de Salud de Andalucía y en el Estatuto marco de Andalucía. Montero dijo que es obligado que este régimen sancionador aparezca en la norma y afecta a los deberes de los profesionales sanitarios que atienden a las personas en sus momentos finales.
Una vez que esta ley llegue al Parlamento, la consejera confió en que sea aprobada con el consenso de todos los partidos. No obstante, auguró que en el seno del PP va a generar cierto debate interno, por lo que confió en que frente al "ala más conservadora y dura" de esta formación, prevalezcan en el seno de los populares las opiniones más modernas y que más conectan con la sociedad, toda vez que estamos ante una ley "tremendamente respetuosa con los valores y las creencias de las personas".
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