La CE ha exigido a España que modifique su normativa sobre concesión de autorizaciones a camiones para transporte de mercancías. Bruselas quiere que se suprima el requisito que obliga a que un vehículo pesado de transporte de mercancías no tenga una antigüedad superior a cinco meses desde su primera matriculación, por considerar que es contrario a la libre circulación de mercancías.
Según ha informado Europa Press, el ultimátum del Ejecutivo comunitario adopta la forma de un dictamen motivado, segunda fase de un procedimiento de infracción. Si en el plazo de dos meses las autoridades españolas no corrigen la situación, la Comisión podría llevar el caso ante el Tribunal de Luxemburgo.
En la legislación española sobre transporte por carretera se prevé que un vehículo pesado de transporte de mercancías no tenga una antigüedad superior a cinco meses contados desde su primera matriculación para obtener la autorización de transporte privado complementario exigida para su importación y utilización en España. De hecho, sin dicha autorización, el vehículo pesado de transporte de mercancías solo puede utilizarse para fines personales.
El Ejecutivo comunitario considera que esta exigencia no se ajusta al principio de reconocimiento mutuo establecido en el artículo 34 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, relativo a la libre circulación de mercancías. En particular, en la legislación española no se tiene en cuenta que dichos vehículos ya cumplen los requisitos técnicos europeos o nacionales para poder circular en el Estado miembro de origen.
No hay motivo legítimo
Por otra parte, esta exigencia no se basa en un motivo legítimo, como la protección del medio ambiente o la seguridad vial. En cualquier caso, la Comisión considera que estos fines pueden alcanzarse con otro tipo de medidas menos restrictivas.
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