El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el nuevo Reglamento de Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC) que sustituye a los RD 2272/1985 de 4 de diciembre y RD 1467/1982 de 28 de mayo, con el objetivo de crear una única disposición normativa que recoja todos los aspectos referidos a dicha materia.
La transposición de las Directivas Europeas, los cambios acaecidos durante este tiempo, la exigencia de un mayor control de estos centros o la necesidad de ofrecer un mejor servicio de calidad al ciudadano a través de la Administración Electrónica han sido algunas de las causas que han motivado esta nueva regulación.
Entre las novedades que recoge el nuevo reglamento se encuentra la actualización del protocolo de exploración médico-psicológica elaborado por el Ministerio de Sanidad en colaboración con la DGT. Este nuevo protocolo exigirá a los CRC que además de realizar determinadas exploraciones (auditiva, visual o coordinación de movimientos) cumplimenten todos los apartados del protocolo con el objetivo de dejar constancia de su ejecución en el registro informático.
El ciudadano, por su parte, deberá realizar una declaración firmada conforme que no padece determinadas enfermedades.
Otra de las novedades es la incorporación de la Administración Electrónica al proceso de expedición de los informes de aptitud, que pasa del formato papel al formato electrónico. Hasta ahora, el certificado de aptitud se expedía en formato papel, donde únicamente quedaban reflejados los resultados de la exploración del conductor: Apto, no Apto o Apto con Restricciones. Con la incorporación de los programas informáticos, se tendrá conocimiento completo de los resultados de las exploraciones conforme al protocolo antes aludido, de todos los centros habilitados y de todos los conductores, de modo que se dispondrá de información completa y de ámbito nacional.
Además, dicha documentación quedará recogida en soporte informático, lo que permitirá un mayor seguimiento del rigor del trabajo de los centros y en caso de observarse desviaciones injustificadas se pueda avisar de forma documentada a las autoridades sanitarias para que intervengan. También se posibilita la realización de estudios sobre problemas sanitarios detectados a la población conductora.
Envío inmediato
Otra de las ventajas que ofrece el nuevo formato electrónico es el envío del certificado de aptitud en tiempo real por medios telemáticos al Registro de Conductores, lo que facultará hacer un seguimiento en tiempo real del trabajo que desarrollan los centros y supondrá un ahorro de trabajo administrativo, equivalente al trabajo que desarrollan aproximadamente 200 funcionarios al año, quienes podrán dedicarse, entre otras labores, a la inspección y control de calidad de los centros.
Anualmente, se tramitan unos 4,5 millones de certificados de aptitud (un millón de nuevos conductores y 3,5 millones de renovaciones) que hasta ahora eran introducidos manualmente por los operadores de información en las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
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