El motivo de la sanción ha sido uno de los más viejos temas de controversia entre compañías y consumidores: las penalizaciones por bajas antes de terminar el periodo que impone la compañía.
La Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid ha considerado que ONO ha incluido una clausula abusiva, contraria a la Ley General para Defensa de los Consumidores, que penaliza las bajas con 139,20€ aunque ese punto no se refleje en el contrato que está a disposición del cliente.
En principio, las penalizaciones por baja son ilegales en España, pero se aplican en cuanto el contratante acepta alguna promoción, como puede ser el router de regalo. En esos casos la penalización se considera como amortización del regalo, con lo que las operadoras bordean la ley.
Basandose en esto y otros puntos, ONO piensa recurrir la sanción de 53.000€ que le han impuesto.
La Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid ha considerado que ONO ha incluido una clausula abusiva, contraria a la Ley General para Defensa de los Consumidores, que penaliza las bajas con 139,20€ aunque ese punto no se refleje en el contrato que está a disposición del cliente.
En principio, las penalizaciones por baja son ilegales en España, pero se aplican en cuanto el contratante acepta alguna promoción, como puede ser el router de regalo. En esos casos la penalización se considera como amortización del regalo, con lo que las operadoras bordean la ley.
Basandose en esto y otros puntos, ONO piensa recurrir la sanción de 53.000€ que le han impuesto.
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