Según FACUA, solo 17 entidades de crédito han suscrito el convenio con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para aplicar la moratoria, que entró en vigor el pasado 1 de enero y fue anunciada por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en noviembre pasado.
Requisitos para acogerse a esta medida
La asociación de consumidores recuerda que los beneficiarios de la medida son trabajadores por cuenta ajena que se encuentran en situación legal de desempleo al menos durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud y tengan derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.
También pueden acceder trabajadores por cuenta propia que se hayan visto obligados a cesar en su actividad económica y se han mantenido en esa situación durante al menos 3 meses y los que acrediten ingresos inferiores a tres veces el importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples durante tres mensualidades.
Asimismo pueden acogerse a la iniciativa los pensionistas de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario.
¿En qué consiste exactamente?
Los beneficiarios podrán aplazar el pago de hasta el 50 por cien del importe de sus cuotas hipotecarias, con un máximo de 500 euros mensuales entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.
Para acogerse a la moratoria, la hipoteca sobre vivienda habitual debe haber sido suscrita antes del 1 de septiembre de 2008 por un valor inferior a 170.000 euros.
Requisitos para acogerse a esta medida
La asociación de consumidores recuerda que los beneficiarios de la medida son trabajadores por cuenta ajena que se encuentran en situación legal de desempleo al menos durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud y tengan derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.
También pueden acceder trabajadores por cuenta propia que se hayan visto obligados a cesar en su actividad económica y se han mantenido en esa situación durante al menos 3 meses y los que acrediten ingresos inferiores a tres veces el importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples durante tres mensualidades.
Asimismo pueden acogerse a la iniciativa los pensionistas de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario.
¿En qué consiste exactamente?
Los beneficiarios podrán aplazar el pago de hasta el 50 por cien del importe de sus cuotas hipotecarias, con un máximo de 500 euros mensuales entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.
Para acogerse a la moratoria, la hipoteca sobre vivienda habitual debe haber sido suscrita antes del 1 de septiembre de 2008 por un valor inferior a 170.000 euros.
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