En julio de 2008 la empresa despidió a 9 personas por la eliminación de la línea de batidos en su centro de Cantabria, donde trabajaban habitualmente siete hombres y dos mujeres. El cierre se concretó finalmente con el despido de 8 mujeres y 1 hombre, siendo recolocados 6 hombres que trabajaban en la línea de cierre (batidos) en la línea de producción de leche.
El Juzgado califica la conducta empresarial como discriminación indirecta —tal como defendieron los servicios jurídicos de USO— en aplicación del art. 6.2 de la Ley de Igualdad y por no respetar el criterio establecido. El criterio aplicado por la empresa, aparentemente objetivo o aséptico, ha producido una clara desventaja de las mujeres respecto de los hombres.
Los representantes de USO han denunciado la dejadez y la falta de actuación de la Consejería de Trabajo de Cantabria, cuya titular es mujer y a la sazón Vicepresidenta socialista del Gobierno de regional, y de las Direcciones Generales de la Mujer y Trabajo, que, ante las denuncias presentadas por el sindicato, no realizaron actuación administrativa alguna, "demostrando que sólo realizan políticas de igualdad de moqueta" y de carácter mediático, abandonando a su suerte a las mujeres que sufren discriminación en el empleo industrial. Por ello, USO exige se depuren las responsabilidades correspondientes.
Además, el sindicato reclama del Gobierno de Cantabria y de su presidente, Miguel Ángel Revilla, que exija al Grupo Leche Pascual que devuelva las subvenciones recibidas del Servicio Cántabro de Empleo por la contratación de mujeres, posteriormente despedidas, vulnerando el derecho a la igualdad de éstas, en la deslocalización de la línea de batidos del centro de Arena de Iguña (Cantabria) a Aranda de Duero (Castilla y León).
Por otra parte, USO solicitará a la secretaria de Estado de Política Social, Amparo Valcárcel, y de la Fundación Más Familia, la retirada al Grupo Pascual del certificado de Empresa Familiarmente Responsable (EFR) que le fue entregado en junio de 2008, "pues no es digna de ostentar dicha certificación un grupo empresarial condenado por atentar al derecho fundamental de igualdad de las mujeres".
El Juzgado califica la conducta empresarial como discriminación indirecta —tal como defendieron los servicios jurídicos de USO— en aplicación del art. 6.2 de la Ley de Igualdad y por no respetar el criterio establecido. El criterio aplicado por la empresa, aparentemente objetivo o aséptico, ha producido una clara desventaja de las mujeres respecto de los hombres.
Los representantes de USO han denunciado la dejadez y la falta de actuación de la Consejería de Trabajo de Cantabria, cuya titular es mujer y a la sazón Vicepresidenta socialista del Gobierno de regional, y de las Direcciones Generales de la Mujer y Trabajo, que, ante las denuncias presentadas por el sindicato, no realizaron actuación administrativa alguna, "demostrando que sólo realizan políticas de igualdad de moqueta" y de carácter mediático, abandonando a su suerte a las mujeres que sufren discriminación en el empleo industrial. Por ello, USO exige se depuren las responsabilidades correspondientes.
Además, el sindicato reclama del Gobierno de Cantabria y de su presidente, Miguel Ángel Revilla, que exija al Grupo Leche Pascual que devuelva las subvenciones recibidas del Servicio Cántabro de Empleo por la contratación de mujeres, posteriormente despedidas, vulnerando el derecho a la igualdad de éstas, en la deslocalización de la línea de batidos del centro de Arena de Iguña (Cantabria) a Aranda de Duero (Castilla y León).
Por otra parte, USO solicitará a la secretaria de Estado de Política Social, Amparo Valcárcel, y de la Fundación Más Familia, la retirada al Grupo Pascual del certificado de Empresa Familiarmente Responsable (EFR) que le fue entregado en junio de 2008, "pues no es digna de ostentar dicha certificación un grupo empresarial condenado por atentar al derecho fundamental de igualdad de las mujeres".
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