La juez María Elena Garde García, titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pozuelo de Alarcón, ha condenado a la cadena Telecinco a pagar un total de 240.000 euros al ex presidente José María Aznar y a su mujer Ana Botella por anunciar su separación matrimonial el pasado mes de noviembre en el programa 'Aquí hay tomate'.
A raíz de esos comentarios, el matrimonio Aznar-Botella emitió un comunicado en el que desmentía su separación y calificaba de "falsas" esas "ignominias" que se habían conocido en algunos medios de comunicación. Ya entonces anunciaban que emprenderían acciones legales contra todos aquellos que habían vertido esas "calumnias".
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez declara que Aznar y Botella "han sufrido intromisiones ilegítimas en sus derechos fundamentales al honor y a la intimidad personal y familiar" por la divulgación que el programa 'Aquí hay tomate' hizo los días 22 y 23 de la noticia relativa a su separación matrimonial "por culpa de una relación extramatrimonial". Como consecuencia de ello, agrega, se han ocasionado "graves daños morales" a Aznar y Botella que deben ser indemnizados por el demandado.
Por eso, condena a la entidad mercantil Telecinco, S.A. a que divulgue en el programa 'Aquí hay tomate' o el que le sustituya en la franja horaria de 15.30 a 17.00 horas, en dos días consecutivos, el fallo de esta sentencia una vez adquiera firmeza. Igualmente, condena a la cadena de televisión a abonar la cantidad de 120.000 euros a cada uno.
Finalmente, la sentencia habla de prevenir a Telencinco para que "en lo sucesivo se abstenga de realizar actos semejantes" referidos a José María Aznar y Ana Botella Serrano.
A raíz de esos comentarios, el matrimonio Aznar-Botella emitió un comunicado en el que desmentía su separación y calificaba de "falsas" esas "ignominias" que se habían conocido en algunos medios de comunicación. Ya entonces anunciaban que emprenderían acciones legales contra todos aquellos que habían vertido esas "calumnias".
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez declara que Aznar y Botella "han sufrido intromisiones ilegítimas en sus derechos fundamentales al honor y a la intimidad personal y familiar" por la divulgación que el programa 'Aquí hay tomate' hizo los días 22 y 23 de la noticia relativa a su separación matrimonial "por culpa de una relación extramatrimonial". Como consecuencia de ello, agrega, se han ocasionado "graves daños morales" a Aznar y Botella que deben ser indemnizados por el demandado.
Por eso, condena a la entidad mercantil Telecinco, S.A. a que divulgue en el programa 'Aquí hay tomate' o el que le sustituya en la franja horaria de 15.30 a 17.00 horas, en dos días consecutivos, el fallo de esta sentencia una vez adquiera firmeza. Igualmente, condena a la cadena de televisión a abonar la cantidad de 120.000 euros a cada uno.
Finalmente, la sentencia habla de prevenir a Telencinco para que "en lo sucesivo se abstenga de realizar actos semejantes" referidos a José María Aznar y Ana Botella Serrano.
No hay comentarios:
Publicar un comentario