Se agota el tiempo y, como siempre, es en las últimas semanas del año cuando los contribuyentes se aplican en la realización de todo tipo de cálculos que les permitan reducir su factura fiscal y pagar menos impuestos.
Ha mejorado la desgravación por alquiler respecto a 2007La cita es la próxima Declaración de la Renta, que se presentará entre mayo y junio del año próximo, pero que se liquida con todos los ingresos y gastos computados a lo largo de 2008.
Por eso, apurar hasta el final del ejercicio para hacer las últimas operaciones entre productos de ahorro, inversión o inmuebles es básico para conseguir el ansiado objetivo de pagar menos al fisco.
Este año, no hay muchas novedades respecto a 2007: los planes de pensiones, las hipotecas o las cuentas ahorro vivienda siguen manteniendo sus incentivos fiscales. Para dar más opciones, desde enero de este año se puede traspasar el ahorro desde un PPA (plan de previsión asegurado) a un plan de pensiones, o viceversa. También ha mejorado la desgravación por alquiler.
Cuenta vivienda
Quien tenga una cuenta ahorro vivienda puede deducirse, en el territorio general y en Navarra, hasta 9.015 euros, por declaración. En el País Vasco la deducción sobre las cantidades aportadas en la cuenta es del 18%.
Hipotecas
Quien, por el contrario, ya haya encontrado vivienda y ahora esté pagando una hipoteca, como máximo podrá deducirse hasta 9.015 euros de las cantidades pagadas (incluidos intereses y amortización de capital) tanto en el territorio general como en Navarra. En el País Vasco, los contribuyentes que tengan una hipoteca podrán deducirse hasta 12.000 euros anuales.
Matrimonio
En el caso de los matrimonios, en el territorio común, para optar a la desgravación de 9.015 euros por cada miembro, es necesario realizar la Declaración de la Renta individual y no conjunta.
Rehabilitación de la vivienda
También se pueden desgravar las cantidades destinadas a la rehabilitación de la vivienda habitual, siempre que las obras se centren en las estructuras, fachadas y cubiertas, por un coste global que debe superar el 25% del precio de adquisición o del de mercado en el momento de efectuarla.
Alquiler de vivienda
Desde 2008, en el territorio general, los contribuyentes podrán deducirse el 10,05% del coste del alquiler, hasta un máximo de 9.015 euros, siempre que sus rentas de trabajo sean inferiores a 24.020 euros anuales.En este apartado, hay que tener en cuenta las particulares desgravaciones que aplican las comunidades autónomas. Las deducciones van desde 150 euros hasta 1.600 euros.
Planes de Pensiones
Es uno de los productos estrellas para reducir impuestos. En el territorio general, las aportaciones realizadas por contribuyentes de hasta 50 años de edad se reducen de la base imponible general hasta 10.000 euros anuales o el 30% de la suma de los rendimientos del trabajo. En el caso de los mayores de 50 años, podrán reducirse hasta 12.500 euros como máximo o el 50% de la suma de los rendimientos netos de trabajo.
Seguros de vida
Permiten ir acumulando un capital a lo largo del tiempo. Su diferencia con los planes de pensiones es que su rentabilidad está asegurada de antemano (aunque no suele ser muy elevada). Además, pueden incluir una indemnización por fallecimiento del titular. Su fiscalidad es igual que la de los planes de pensiones.
Ha mejorado la desgravación por alquiler respecto a 2007La cita es la próxima Declaración de la Renta, que se presentará entre mayo y junio del año próximo, pero que se liquida con todos los ingresos y gastos computados a lo largo de 2008.
Por eso, apurar hasta el final del ejercicio para hacer las últimas operaciones entre productos de ahorro, inversión o inmuebles es básico para conseguir el ansiado objetivo de pagar menos al fisco.
Este año, no hay muchas novedades respecto a 2007: los planes de pensiones, las hipotecas o las cuentas ahorro vivienda siguen manteniendo sus incentivos fiscales. Para dar más opciones, desde enero de este año se puede traspasar el ahorro desde un PPA (plan de previsión asegurado) a un plan de pensiones, o viceversa. También ha mejorado la desgravación por alquiler.
Cuenta vivienda
Quien tenga una cuenta ahorro vivienda puede deducirse, en el territorio general y en Navarra, hasta 9.015 euros, por declaración. En el País Vasco la deducción sobre las cantidades aportadas en la cuenta es del 18%.
Hipotecas
Quien, por el contrario, ya haya encontrado vivienda y ahora esté pagando una hipoteca, como máximo podrá deducirse hasta 9.015 euros de las cantidades pagadas (incluidos intereses y amortización de capital) tanto en el territorio general como en Navarra. En el País Vasco, los contribuyentes que tengan una hipoteca podrán deducirse hasta 12.000 euros anuales.
Matrimonio
En el caso de los matrimonios, en el territorio común, para optar a la desgravación de 9.015 euros por cada miembro, es necesario realizar la Declaración de la Renta individual y no conjunta.
Rehabilitación de la vivienda
También se pueden desgravar las cantidades destinadas a la rehabilitación de la vivienda habitual, siempre que las obras se centren en las estructuras, fachadas y cubiertas, por un coste global que debe superar el 25% del precio de adquisición o del de mercado en el momento de efectuarla.
Alquiler de vivienda
Desde 2008, en el territorio general, los contribuyentes podrán deducirse el 10,05% del coste del alquiler, hasta un máximo de 9.015 euros, siempre que sus rentas de trabajo sean inferiores a 24.020 euros anuales.En este apartado, hay que tener en cuenta las particulares desgravaciones que aplican las comunidades autónomas. Las deducciones van desde 150 euros hasta 1.600 euros.
Planes de Pensiones
Es uno de los productos estrellas para reducir impuestos. En el territorio general, las aportaciones realizadas por contribuyentes de hasta 50 años de edad se reducen de la base imponible general hasta 10.000 euros anuales o el 30% de la suma de los rendimientos del trabajo. En el caso de los mayores de 50 años, podrán reducirse hasta 12.500 euros como máximo o el 50% de la suma de los rendimientos netos de trabajo.
Seguros de vida
Permiten ir acumulando un capital a lo largo del tiempo. Su diferencia con los planes de pensiones es que su rentabilidad está asegurada de antemano (aunque no suele ser muy elevada). Además, pueden incluir una indemnización por fallecimiento del titular. Su fiscalidad es igual que la de los planes de pensiones.
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